La Procuraduría General sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años a la exdiputada del Meta, Claudia Patricia Garzón Torres, por violación al régimen de inhabilidades.
El Ministerio Público determinó que Garzón Torres, quien fuera diputada entre 2016 y 2017, incurrió en falta disciplinaría al inscribirse, posesionarse y ejercer el cargo de diputada del Meta, a pesar de que se encontraba inhabilitada por haber tenido una relación contractual con el Hospital Militar de Oriente, el mismo año de las elecciones.
La exdiputada celebró como gerente, accionista y representante legal de Ambulancias del Llano S.A.S., el Contrato N° 151-HOM10-2015, con una entidad pública adscrita a sanidad del Ejército Nacional de Colombia, para la prestación del servicio de transporte medicalizado, 5 meses y 28 días, antes de la jornada electoral.
Para el ente de control con este contrato la disciplinada vulneró el principio de moralidad que rige la función pública e infringió la primera parte del numeral 4° del artículo 33 de la Ley 617 de 2000, que señala que no podrá acceder a un cargo de elección popular “quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel departamental o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento”.
La falta fue calificada como gravísima a título de culpa gravísima.
El fallo de primera instancia fue apelado por la defensa de la investigada.