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Se amplía el horario para actividad física al aire libre.

Se amplía el horario para actividad física al aire libre.
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La actividad deportiva se extiende dos horas más, podrá desarrollar por un periodo máximo de dos horas diarias, entre las 5:00 y 11:00 de la mañana.

El decreto 297 de 2020, del 30 de junio, autoriza bajo restricción de Pico y Cédula, el desarrollo de ejercicios en espacios exteriores de forma individual, para personas mayores de edad hasta los 69 años; recordando el uso de elementos de bioseguridad y distanciamiento físico. 

Los adultos mayores a los 70 años tendrán la posibilidad de realizar las rutinas físicas, en un tiempo de una hora, tres veces a la semana, entre las 6:00 y 11:00 de la mañana.

Los horarios para los menores de edad se mantienen como lo estipula el decreto 248 de 2020.

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