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Planes para aliviar los pagos del Fondo de Educación.

Beneficio a la hora de cancelar en el Fondo Social para la Educación del Meta.
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Los deudores del FSES que se acojan a esta alternativa podrán cancelar el valor del capital, más intereses corrientes y ser eximidos del interés de mora de conformidad a los siguientes planes.

Planes de pago:

  1. El deudor principal o deudor(es) solidarios(es) en estado de mora que pague la totalidad de la deuda (Capital + Interés corriente) durante la vigencia de la resolución 01 DE 2020, será exonerado del 100% del interés moratorio.
  2. El deudor principal o deudor(es) solidarios(es) en estado de mora que pague en seis (06) meses la totalidad de la deuda (Capital + Interés corriente), será exonerado del 80% del interés moratorio.
  3. El deudor principal o deudor(es) solidarios(es) en estado de mora que pague en doce (12) meses la totalidad de la deuda (Capital + Interés corriente), será exonerado del 70% del interés moratorio.
  4. El deudor principal o deudor(es) solidarios(es) en estado de mora que pague en veinticuatro (24) meses la totalidad de la deuda (Capital + Interés corriente), será exonerado del 50% del interés moratorio.

“Para el FSES es necesario adoptar estas medidas para la recuperación de su cartera, generar liquidez para otorgar más créditos a nuevos estudiantes y aliviar la situación económica de los deudores, priorizando el retorno de recursos públicos colocados a través de créditos educativos y normalización de créditos en etapas de amortización y mora”, señaló Ricardo Augusto Martínez, director del FSES.

Las personas interesadas se pueden comunicar al correo electrónico fes@meta.gov.co, acudir al primer piso de la Gobernación del Meta o llamar al teléfono 6818500 ext. 1206.

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