La Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 2075 de 2021, que pretendía cambiar la tabla de liquidación de honorarios de concejales de cuarta a sexta categoría.
Según esa máxima autoridad jurisprudencial, existían vicios en el trámite de la ley, por cuanto el Congreso no presentó las motivaciones pertinentes y los ajustes no eran consistentes con la realidad económica del país y salía de los rangos establecidos por el marco fiscal de mediano plazo.
Lo anterior quiere decir que, de aplicarse esta ley, los incrementos en los honorarios de los concejales de municipios con menos de 30 mil habitantes, pondrían en riesgo las finanzas públicas de esas localidades colombianas, y la financiación de proyectos de inversión por garantizar el pago de las sesiones.
El objetivo de la ley declarada inexequible, era garantizar que los concejales de esas categorías, no recibieran menos del salario mínimo mensual por las sesiones realizadas.
Lo que no queda claro es si los concejales a quienes se les aplicó la ley viciada, deban devolver parte de los honorarios pagados demás en el año 2021.
A excepción de Villavicencio de primera categoría, Puerto Gaitán y Acacías de tercera; los concejales de los demás 26 municipios del Meta se verían afectados por esta decisión de la Corte.