El porcentaje cobrado en Villavicencio está por encima de lo autorizado por la Ley.
Así lo informó el presidente de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio, Henry Palma Becerra, al analizar la normatividad vigente y la reglamentación de la Asamblea del Meta.
Explicó el directivo gremial, que la Ley 223 de 1995 determinó que las Asambleas departamentales deberían reglamentar los porcentajes a cobrar por impuesto al registro, pero que éste cobro debería establecerse entre el 0,3 y 0,7%.
Sin embargo, precisó Palma Becerra, la ordenanza de la Asamblea del Meta del año 2001, definió el porcentaje a cobrar en 1%, es decir por encima de los techos definidos por la Ley.
Aclaró que la Cámara de Comercio no se beneficia de ese impuesto, porque solamente recauda y transfiere al departamento. Anunció que se reunirá con la secretaria de hacienda del departamento para revisar el tema, para que analice si hay lugar a modificaciones de la ordenanza.
Frente a dicha situación revelada por el presidente de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio, algunos comerciantes ya anunciaron que se asesorarán jurídicamente para exigir el reembolso del porcentaje cobrado de forma excesiva que podría representar algo más de 2 mil millones de pesos.