En cualquier tiempo se podrá juzgar y condenar a los agresores sexuales de niños y niñas en Colombia.
La iniciativa fue aprobada en último debate por la Cámara de Representantes y una vez el presidente le imparta la respectiva sanción, la acción penal por delitos sexuales en menores no prescribirá en Colombia.
Se trata de una disposición que va de la mano con el artículo 44 de la Constitución, que pone los derechos de los niños por encima de los derechos de los demás, permitiendo que cualquier delito contra niños, niñas y adolescentes y, particularmente, los abusos, las violaciones serán imprescriptibles en el ordenamiento legal colombiano.
Al respecto, la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Lina Arbeláez, calificó a la norma como “clave” porque un delito de carácter sexual cometido contra un menor podrá ser juzgado por las autoridades competentes, sin importar el tiempo transcurrido, y “efectivamente llevar tras las rejas a quienes son los responsables de estos vejámenes contra la niñez colombiana”.
La funcionaria indicó que en “Colombia hay 62 mil niños, niñas y adolescentes que han vistos vulnerados sus derechos y que hoy tienen procesos administrativos de restablecimiento de derechos”.
Recordó que en una encuesta realizada en 2018 por este gobierno, “encontramos que el 41 por ciento de los menores de 18 años han tenido algún tipo de vulneración, ya sea física, sicológica, sexual”.